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LA CVC CANCELÓ LICENCIA AMBIENTAL DE EXPLOTACIÓN DE MATERIALES DE ARRASTRE EN PANCE

Publicado 13 de Febrero 2020

DECISIÓN HISTÓRICA PARA LA PROTECCIÓN DE RÍOS EN EL VALLE DEL CAUCA

Valoraciones técnicas y ambientales de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, CVC, confirmaron que la extracción de materiales de arrastre en la parte baja del río Pance se estaba realizando sin los parámetros técnicos necesarios para la protección del afluente. Ya habían dos procesos sancionatorios contra el concesionario que tenía la explotación minera. 

B-033 Cali, febrero 13 de 2020.

Por primera vez en la historia del Valle del Cauca, la autoridad ambiental regional  canceló una licencia ambiental que pretendía la explotación de materiales de arrastre en la parte baja del río Pance por los próximos 12 años. 

Como se recordará, esta extracción estaba autorizada desde el año 1998 por la Autoridad Minera y tenía su respectiva licencia ambiental otorgada por la CVC en el año 2004, desde septiembre del 2018 la extracción se encontraba suspendida y luego de valoraciones técnicas se decidió cancelar de forma definitiva la licencia ambiental. 

"Hemos decidido cancelar la licencia ambiental básicamente porque se incumplieron los parámetros de explotación, se alteró la dinámica del río, a través de un estudio de batimetría realizado por la CVC se hallaron indicios de que en once (11) puntos se ha sobrepasado el nivel Thalweg, o las cotas de máxima explotación permitida, lo que puede causar afectación a la dinámica fluvial y alteración de las condiciones hidráulicas del río", afirmó Marco Antonio Suárez Gutiérrez, director general de la CVC.  

Adicionalmente, la Ley 99 de 1993 (Art. 62) señala claramente que: "La revocatoria o suspensión de una Licencia Ambiental no requerirá consentimiento expreso o escrito del beneficiario de la misma", lo anterior fue ratificado por la Corte Constitucional en Sentencia C- 746 de 2012, cuando dice que la Licencia Ambiental otorgada por medio de la Autoridad Ambiental competente puede ser objeto de modificación, suspensión e incluso cancelación por parte de la misma, sin necesidad de contar con el requisito de la autorización previa, escrita y expresa del beneficiario, cuando la misma autoridad determina que la actividad puede causar daños no previstos inicialmente en la licencia o cuando quiera que las condiciones y exigencias por ella establecidas no se estén cumpliendo conforme a los términos definidos en el acto de su expedición. 

El río Pance hace parte de una cuenca dinámica, en cuanto a producción de agua y materiales de arrastre generados a partir de fallamientos, lo que la constituye como una cuenca en permanente vigilancia.  "Tenemos que entender que este cauce en un sitio de disposición de material y sedimentos natural, que es necesario retirar periódicamente para dar capacidad al cauce de transportar sus aguas en época de invierno, pero se debe realizar con máxima precaución y en los sitios donde existan asentamientos humanos que sean vulnerables a un desbordamiento del río", puntualizó el Director General de la CVC.   
 

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