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EMPRESAS MANUFACTURERAS DEL VALLE DEBEN INFORMAR DETALLES DE SU ACTIVIDAD EN EL REGISTRO ÚNICO AMBIENTAL

Publicado 27 de Enero 2016

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A partir del 1 de enero, las empresas del sector manufacturero del departamento deberán registrar la información de los recursos y materias primas utilizadas en su actividad productiva durante el año 2015

 

INFORMACIÓN SE CONSIGNA EN LOS PRIMEROS TRES MESES DEL AÑOEN EL APLICATIVO DEL RUA MANUFACTURERO

 

A partir del 1 de enero, las empresas del sector manufacturero del departamento deberán registrar la información de los recursos y materias primas utilizadas en su actividad productiva durante el año 2015, en el aplicativo Registro Único Ambiental, RUA, so pena de sanciones.

B- 13  Cali, 27 de enero de 2016

Al inicio de cada año las empresas manufactureras deben consignar en el aplicativo del Registro Único Ambiental, conocido como RUA Manufacturero, el informe concerniente a su actividad productiva y los recursos e insumos utilizados durante el año inmediatamente anterior para su fabricación.

Es por este motivo, que la CVC le recuerda a todas las empresas manufactureras del Valle del Cauca, que entre los meses de enero y marzo tienen plazo para diligenciar en el RUA Manufacturero, toda la información ambiental relevante respecto a los recursos agua, energía, materias primas, residuos, emisiones atmosféricas y residuos peligrosos, generados por las empresas durante sus procesos productivos.

“Hacemos el llamado a todas las industrias manufactureras del Valle del Cauca para que diligencien la información del año 2015. Los establecimientos deben tener en cuenta el último número de su NIT sin el código de verificación para saber en cuál de los tres primeros meses del año le corresponde hacerlo”, señaló Jean Farley Sabi, profesional de la CVC.

El incumplimiento a la Resolución, los plazos y el diligenciamiento de información puede causar sanciones.

Para cargar dicha información correspondiente al año 2015 en la plataforma RUA del Ideam, las empresas tienen plazo de acuerdo al cronograma definido de acuerdo al último número del NIT, así:

 

Último dígito del NIT (sin código de verificación) Plazo para el diligenciamiento inicial y la actualización anual
0 a 2 Entre el 1° y el 31 de enero de cada año
3 a 6 Entre el 1° y el 28 de febrero de cada año
7 a 9 Entre el 1° y el 31 de marzo de cada año.

 

El diligenciamiento de la información en la plataforma del Registro Único Ambiental, RUA para el sector manufacturero debe realizarse en los primeros tres meses del año dentro de los plazos que indica la ley y la información debe ser veraz, exacta y se entenderá bajo gravedad de juramento.

Para mayor información, comunicarse con Jean Farley Sabi Calero de la Dirección de Gestión Ambiental de la CVC, a los teléfonos 6206600 o 3171800 a extensión 1353 en Cali.

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Proyectó: Álvaro José Botero

Revisó: Jean Farley Sabi Calero y Wilson García.

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